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Hogar Plus

Proteger tu hogar es cuidar a tu familia. Por eso hemos diseñado esta póliza que ampara tu vivienda ante riesgos e imprevistos.
SI 24 horas

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Nuestro respaldo y experiencia entregan todo el bienestar y tranquilidad a tu familia.

  • Daños materiales

    (Se incluyen, entre otros: Incendio y/o rayo, explosión, vientos fuertes, granizo, impacto de aeronaves y vehículos, humo, daños por agua, anegación, deslizamiento, avalancha, vendaval).

  • Terremoto, temblor y/o erupción volcánica, maremoto
  • Hurto calificado y hurto
  • HMACC-AMIT

    (huelga, motín, asonada, conmoción civil, actos malintencionados a terceros).

  • Daño interno equipos eléctricos y electrónicos
  • Pérdida de alquileres o alojamiento temporal
  • Responsabilidad civil familiar
  • Accidentes personales
Bajo la cobertura de responsabilidad civil extracontractual familiar se indemnizan los daños, lesiones o muerte a terceros, incluyendo los que ocasionen los animales domésticos del asegurado.

Asistencia Domiciliaria

  • Plomería.
  • Electricidad.
  • Desinundación.
  • Lavado y secado de alfombras.
  • Cerrajería.
  • Vidrios.
  • Instalaciones de gas.
  • Reparación o sustitución de tejas por rotura.
  • Celaduría.
  • Gastos de hotel por inhabilitación del inmueble asegurado.
  • Gastos de mudanzas.
  • Vigilante por eventos realizados en el hogar.
  • Gastos de reparación de propiedades vecinas de terceros derivadas de una responsabilidad civil extracontractual.
  • Bodegaje.
  • Gastos de jardinería.
  • Interrupción del viaje del asegurado como consecuencia de un siniestro en el inmueble asegurado.
  • Regreso anticipado por fallecimiento de un familiar.
  • Conexión con profesionales.
  • Asesoría legal telefónica, asesoría tributaria telefónica y servicio de asistencia informática remota.

Descubre los detalles de la póliza

El seguro Hogar Plus MAPFRE se rige por una serie de condiciones generales que todos los asegurados deben conocer con el fin de sacar provecho a todas las ventajas de dicha póliza.
  • Cuenta con la cobertura de hurto calificado fuera de predios para bienes tales como: joyas, relojes personales, cámaras fotográficas, filmadoras, computadoras portátiles, bicicletas y prendas de vestir.
  • En cuanto a la pérdida de equipaje fuera de predios, la cobertura es efectiva durante viajes a través de empresas aéreas comerciales en vuelo de itinerario regular, no limitado al Territorio Nacional.
  • El amparo básico de accidentes personales, y correspondiente a fallecimiento accidental, se encuentra cubierto cuando ocurra por un accidente dentro de los 180 días siguientes a la fecha del accidente.
  • Este amparo de accidentes personales incluye la cobertura de inhabilitación permanente y gastos médicos.
  • La edad mínima de ingreso del asegurado y su cónyuge a la cobertura de accidentes personales, en su cobertura básica de muerte accidental, es de 18 años y la máxima de 65, con permanencia hasta los 75 años. En el caso de los hijos, éstos deben tener como mínimo 2 años y como máximo, 25.
  • Las edades mínimas de ingreso para el amparo de inhabilitación total y permanente, tanto para el asegurado como para el cónyuge es de 18 años, la edad máxima de 65 años y la permanencia hasta los 66 años. Para los hijos, según lo mencionado anteriormente.
  • La responsabilidad no excederá en ningún caso los límites y sublímites fijados para cada cobertura.
  • Si en el momento del daño, el valor de los bienes asegurados es superior a la cantidad que se refleja en el contrato, será el asegurado quien asuma la parte proporcional de perjuicios y daños, excepto cuando la diferencia sea inferior al 10%.
  • El pago de la indemnización se efectuará en el mes siguiente a la fecha en la que el asegurado o beneficiario acreditase la ocurrencia y cuantía del siniestro, si es del caso.
  • MAPFRE Seguros S.A. podrá realizar el pago de la indemnización de los bienes afectados por el siniestro, mediante el pago en dinero o por la reposición, reparación o reconstrucción.
El seguro de Hogar Plus fija algunos requisitos y restricciones, de los cuales todos los beneficiarios de esta póliza deben tener conocimiento para saber cómo actuar después de haber contratado la póliza.
  • El asegurado que posea un inmueble en arriendo, podrá optar por la contratación de la cobertura de pérdida de alquileres.
  • De forma general, este seguro no ampara los daños y pérdidas que sean consecuencia de la reparación, construcción, demolición o mantenimiento del predio o bienes asegurados; de errores de montaje o desmontaje; defectos de fabricación o diseño; mala calidad de los materiales, fuego subterráneo, hundimiento o derrumbamiento por vicios inherentes al suelo.
  • Se excluye el amparo de los siguientes bienes: espacios para aparcamiento de coches a la intemperie, jardines, carreteras, túneles, puentes, cosechas, tubos, válvulas, equipos de cómputo de más de 5 años, bienes de uso comercial o industrial, dinero, divisas, documentos, teléfonos celulares, armas y explosivos.
  • MAPFRE pone a tu alcance algunas recomendaciones de uso para que puedas aprovechar al máximo todas las coberturas de la póliza Hogar Plus. Para ello es necesario conocer algunos aspectos relevantes, tanto antes como después de la firma de la póliza.

    Entre las recomendaciones a la hora de contratar un producto se encuentran las siguientes:

  • Lee detenidamente todas las disposiciones especiales y cláusulas de cada cobertura.
    Una vez contratada la póliza Hogar Plus MAPFRE:
  • El asegurado está obligado a mantener el estado del riesgo notificando por escrito a la Compañía las agravaciones del riesgo, con una antelación no menor a 10 días a la fecha de la modificación del riesgo, si depende del asegurado o en los 10 días siguientes a que tenga conocimiento, el cual se presume 30 días desde el momento de la modificación. La falta de notificación oportuna producirá la terminación del contrato.
  • El contrato podrá ser revocado unilateralmente tanto por la compañía como por el asegurado.
  • El asegurado puede realizar las reparaciones dentro del riesgo que crea oportunas para el funcionamiento del predio, aunque deberá avisar a la Compañía en un plazo de 30 días desde el inicio de las obras.
  • El asegurado debe dar aviso de la ocurrencia de un siniestro dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en la que lo haya conocido o debido conocer. Del mismo modo, no podrá remover u ordenar la remoción de los escombros como consecuencia del siniestro sin autorización escrita de la Compañía.